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Justificante de entregas EPIs
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Justificante de entrega de material EPI de la empresa al trabajador

9 de Marzo

Si Usted es una empresa que entrega material EPI sus trabajadores, desde nuestra herramienta www.hojadeencargo.com podrá rellenar y firmar on-line el documento que justifica la entrega del material de protección por parte de la empresa al trabajador, cumpliendo así con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Contrato on-line: JUSTIFICANTE DE ENTREGA DE MATERIAL EPI AL TRABAJADOR

En aquellas personas que al realizar una determinada actividad o proceso se detecte un riesgo para la salud, ya sea posibilidad de accidente, o cualquier tipo de contaminantes que pueda ocasionar una enfermedad, es necesario:

  • rediseñar la actividad o proceso intentando evitar el riesgo
  • si por ciertos motivos el rediseño no fuese posible, deben de establecerse medidas de protección colectiva
  • si no es posible la implementación de dispositivos, elementos o protecciones de protección colectiva se debe de recurrir a proteger de manera individual a quien realiza el proceso o actividad. La protección se realiza mediante Equipos de Protección Individual (EPI)
Se entiende por EPIs al equipo que debe de llevar el trabajador para ser protegido de los riesgos y peligros que puedan amenazar su salud, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin. No obstante, los EPIs no suponen una reducción del riesgo, sino minimización de consecuencias derivadas de ese riesgo que pueda ocasionar un accidente laboral.

Existe un procedimiento de entrega y uso de los equipos de protección individual aprobada por CCS (Comité de Seguridad y Salud) y por la Comisión de Planificación cuyo objetivo es:
  • velar por la entrega de los equipo se protección individual para el desempeño de las diferentes actividades y
  • velar por el uso efectivo de los mismos cuando sea necesario.
Además existe un control de entrega de los equipos de protección personal en el que el trabajador:
  • acepta el compromiso de utilizar el equipo durante toda la jornada laboral
  • consultar ante cualquier duda sobre su correcto utilización
  • solicitar un nuevo equipo en caso de deterioro o pérdida del mismo.

También debe de rellenarse un registro de equipos de protección individual en el que quedará reflejado la:
  • denominación del equipo
  • marca y modelo
  • fecha de compra
  • nombre del usuario
  • fecha de entrega
  • fecha de reposición prevista
No todos los Equipos de Protección Individual son iguales, existe una clasificación vinculada al nivel de protección que requiere el trabajador. Pueden distinguirse tres categorías:
  • Categoría I: protegen al trabajador de los riesgos mínimos como pueden ser guantes de jardinero, dedales…
  • Categoría II: quedan incluidos todo tipo de calzado para la protección del trabajador.
  • Categoría III: protegen al trabajador del peligro mortal o de grandes riesgos.
La ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales en su artículo 17.2 establece que es obligación del empresario el proporcionar a sus trabajadores los equipos de protección individual convenientes para poder realizar su trabajo y velar por el cumplimento y uso efectivo de los equipos cuando sean necesarios.

La empresa debe de identificar y evaluar los riesgos que existen en cada uno de los puesto de trabajo así como elegir los EPIs convenientes entregándolos a los trabajadores proporcionando toda la información y formación previa respecto al uso de los mismos para que sean utilizados de la manera correcta. En muchos puestos de trabajo como en la construcción o industria, el uso de los EPIs es totalmente necesario y su uso ayuda a salvar miles de vidas cada año.

En la actualidad los EPIs que destacan por su mayor uso son: los cascos, mascarillas, gafas de protección, orejeras, fajas de seguridad, chaquetas, cinturones, botas de seguridad, entre otros.

Un Equipo de Protección Individual debe de reunir una serie de condiciones:
  • Debe de ser adecuado a las condiciones existentes del lugar de trabajo: temperatura, humedad ambiental, etc.
  • El peso y volumen deberá de ser lo más reducido posible.
  • Deberá de poder ajustarse y adaptarse a las características fisiológicas del trabajador.
Los EPIs a utilizar en el desarrollo de una actividad:
  • siempre que sean compatibles entre sí y mantengan la eficacia que tienen por separado podrán utilizarse de manera simultánea
  • deben de cumplir con la legislación en la relativo a diseño y fabricación
  • deben de incluir marcado CE. un número de 4 cifras que indique el organismo notificado que ha concedido el marcado.

Con motivo de la primera entrega, debe de facilitársele al trabajador toda la información necesaria sobre la correcta utilización, riesgos que protege y condiciones para su reposición. En utilizaciones esporádicas o complejidad en el uso se realizarán prácticas periódicas de uso especialmente con los equipos de protección respiratoria: máscara con filtro, equipos de respiración autónomos, etc.

La ley establece que debe de permitirse que los trabajadores participen de alguna manera ofreciendo su punto de vista o realizando determinadas consultas al respecto.